Mendoza – Parques y Reservas en Mendoza

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Las áreas protegidas son superficies seleccionadas por el ser humano para su protección y conservación, por poseer características relevantes en cuanto a su valor escénico, uso recreativo, biodiversidad, riqueza genética, patrimonio natural, siendo un patrón de referencia útil en relación con ambientes degradados. A todo esto se suma su valor cultural, importancia en materia de educación ambiental , investigación científica y como instrumento para la promoción del desarrollo sustentable regional y local.

La República Argentina es uno de los países con mayor cantidad de eco-regiones y por ello cuenta con parques y reservas naturales que pertenecen al Estado Nacional Argentino o a los Estados provinciales y que, por tanto, son patrimonio de todos los ciudadanos, formando un sistema nacional de áreas protegidas por ley nacional.

Entre el 2011 y el 2012, con la creación del Parque Cordón del Plata y la ampliación de la Reserva de La Payunia y de Manzano-Portillo, se ha pasado del 5,6 del territorio protegido a 9,8%, lo cual es muy auspicioso para la provincia.

Con esta medida, Mendoza busca acercarse a los parámetros internacionales sugeridos para la conservación del patrimonio natural, que establecen que por lo menos un 10% de la superficie de cada eco-región debe estar bajo algún tipo de protección legal.

Aunque la cantidad de Parques y Reservas Nacionales, reservas naturales y Monumentos Naturales es numerosa, la cifra aún puede incrementarse dado que existen sitios de gran valor paisajístico natural, o de gran valor ecológico natural, o ambas cuestiones a la vez, que les ameritan para ser integrados dentro del Sistema Nacional Argentino de Áreas Protegidas. Incluso este sistema puede involucrar áreas culturales.

Área Protegida: Las áreas naturales protegidas son superficies con ciertas características naturales y/o culturales excepcionales, elegidas por el hombre para conservar, bajo un marco legal, una porción representativa de uno o varios ecosistemas.

El sistema nacional de áreas protegidas posee actualmente, en Mendoza, las siguientes categorías:

Parque Provincial: Los Parques suelen ser, como su denominación sugiere, áreas naturales de especial belleza paisajística, o, en su defecto, áreas de alto valor ecológico. Son zonas para proteger en su estado natural, representan una región geográfica de la fauna o la flora en particular y tienen un gran interés científico. En un parque nacional, la actividad antrópica se reduce al mínimo.

Reserva Natural: Espacio natural, cuya declaración tiene como finalidad la protección de un paisaje, una especie, un ecosistema, comunidades o elementos biológicos que, por su rareza, fragilidad, importancia o singularidad, merecen una valoración especial. En una R.N. se permiten actividades económicas humanas limitadas, que no afecten negativamente al patrimonio natural.

Monumento Natural: Los Monumentos Naturales son zonas, cosas o especies animales, de interés estético, valor histórico o científico, a los que se les brinda una protección absoluta. Es principalmente inherente al reino mineral, por ejemplo geoformas —formaciones geológicas curiosas o atractivas—, bosques petrificacados o fósiles o paisajes geológicamente especiales.

Dentro de los límites de estos espacios protegidos no se permite las siguientes actividades:

– Encender fuego.

– Recolectar Leña.

– Cazar.

– Arrojar Basura.

– Extraer restos fósiles, arqueológicos y geológicos.

– Realizar inscripciones u otras alteraciones en el paisaje.

Mendoza cuenta con una red de áreas naturales protegidas (ANP) entre parques y reservas: esta red está integrada por 16 reservas, que comprenden aproximadamente el 12% de la superficie de la provincia. Extensión en crecimiento desde la aprobación de la Ley 6045, lo que permite acercarse a los parámetros internacionales sugeridos para conservación del patrimonio natural.

Este Sistema de Areas protegidas está administrado por la Dirección de Recursos Naturales Renovables que es la institución responsable del cumplimiento de la Ley 6045 promulgada en 1993. En la ley se declara la conservación de las Áreas Naturales Protegidas y sus recursos de interés público, por el valor patrimonial, cultural, natural y socio-económico que significan. La Secretaria de Ambiente lleva a cabo en todo el ámbito provincial tareas de control en pos de la conservación de la biodiversidad. Para estas tareas y el manejo de las áreas se cuenta con el Cuerpo de Guardaparques Provinciales, inspectores profesionales y técnicos.

El Sistema de Áreas Naturales Protegidas de Mendoza comprende once reservas naturales, dos parques provinciales, un monumento natural y una reserva privada.

 

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Las áreas protegidas en Mendoza son:

Región Norte

Parque Aconcagua, Reserva Puente del Inca, Reserva Privada Villavicencio, Reserva Divisadero Largo, Reserva Bosques Teltecas, Reserva de la Biosfera de Ñacuñán.

 

Región Centro

Reserva Laguna del Diamante, Parque Provincial Cordón del Plata, Reserva Manzano Histórico-Portillo, Parque Provincial Tupungato.

 

 Región Sur

Reserva Las Salinas del Diamante, Reserva Hídrica Natural Laguna del Atuel

 

Región Sur Patagónico

Reserva La Payunia, Reserva Faunística Laguna de Llancanelo, Reserva Castillos de Pincheira, Monumento Natural Caverna de las Brujas.

 

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